NUEVO REGLAMENTO DE SUCESIONES EUROPEO
El nuevo reglamento de sucesiones europeo está a punto de entrar en vigor; donde la residencia habitual del europeo juega una vis atractiva total. En efecto será principalmente la ley donde el europeo habite la que regulará su sucesión salvo voluntad en contrario. Además de los cambios normativos que pueda provocar la próxima ley para regular el régimen de sucesiones en Euskadi que debatirá el Parlamento Vasco, a partir de agosto del próximo año, como advierte el decano del Colegio Notarial del País Vasco, Mario Martínez de Butrón, «en el derecho comunitario europeo se va a producir un cambio muy importante en virtud del cual a la persona que fallezca no se le va a aplicar la ley correspondiente a su nacionalidad sino la de su residencia habitual. Ahora, se puede elegir libremente dónde realizar el testamento, pero al interesado se le aplica el derecho predominante de donde proviene. «Aunque yo lo haga en La Rioja, se me aplicará el régimen aforado de Bizkaia».. Pero a partir de agosto de 2015 la situación cambiará. «Por ejemplo, un señor alemán que está viviendo el Baleares y fallezca allí, se le aplicará el régimen de sucesiones de Baleares», describe el decano del Colegio Notarial del País Vasco. En este sentido, una de las opciones que puede decidir el interesado a la hora de confeccionar su testamento es que expresamente recoja en su escrito de transmisión la normativa por la que desea que se rija el reparto de su herencia. «Hemos recibido a clientes que han firmado que prefieren que se rija su testamento por la normativa del país de origen antes que por dónde fallezcan»,